El Instituto Nóos tenía, al menos hasta 2005, un organigrama funcional absolutamente horizontal, con lo que la toma de decisiones relevantes correspondía exclusivamente a los dos socios, Diego Torres e Iñaki Urdangarín que, a su vez, daban forma a una toma de decisiones bicéfala donde ambos compartían la toma de decisiones relevantes.
Dada la mayor experiencia de Diego Torres en el mundo de los negocios, las decisiones de carácter económico recaían mayormente sobre él, aunque eran presumiblemente compartidas con su socio. Ello se evidencia también por el hecho que la asesoría fiscal recaía sobre el bufete de Miguel Tejeiro, cuñado de Diego Torres. Con el tiempo, y a pesar de que ambos terminaron rompiendo relaciones, Miguel Tejeiro seguiría llevando la asesoría fiscal de Iñaki Urdangarín, siendo pues para él dos clientes diferentes.
Dado pues que la toma de decisiones correspondía exclusivamente a los dos socios, el resto de personas que trabajábamos en Nóos rendíamos cuentas a los socios, de quien recibíamos las correspondientes órdenes o visto buenos. Así pues, a pesar de que el juez Castro ha imputado a excompañeros, ninguno de ellos disponía de autonomía en la toma de decisiones relevantes, con lo que su imputación resulta poco o nada relevante. Eran pues simples ejecutores de las órdenes que recibían de los socios. De hecho, los socios despachaban directamente con todas las personas que trabajaban en Nóos de forma directa.
Dada la mayor experiencia de Diego Torres en el mundo de los negocios, las decisiones de carácter económico recaían mayormente sobre él, aunque eran presumiblemente compartidas con su socio. Ello se evidencia también por el hecho que la asesoría fiscal recaía sobre el bufete de Miguel Tejeiro, cuñado de Diego Torres. Con el tiempo, y a pesar de que ambos terminaron rompiendo relaciones, Miguel Tejeiro seguiría llevando la asesoría fiscal de Iñaki Urdangarín, siendo pues para él dos clientes diferentes.
Dado pues que la toma de decisiones correspondía exclusivamente a los dos socios, el resto de personas que trabajábamos en Nóos rendíamos cuentas a los socios, de quien recibíamos las correspondientes órdenes o visto buenos. Así pues, a pesar de que el juez Castro ha imputado a excompañeros, ninguno de ellos disponía de autonomía en la toma de decisiones relevantes, con lo que su imputación resulta poco o nada relevante. Eran pues simples ejecutores de las órdenes que recibían de los socios. De hecho, los socios despachaban directamente con todas las personas que trabajaban en Nóos de forma directa.